Seguinos

Policiales

Condenada por amenazar a vecinos incumplió con la perimetral en Santo Tomé

Condenada por amenazar a vecinos incumplió con la perimetral en Santo Tomé

El sábado por la noche, mientras realizaban tareas de patrullaje, dos policías encontraron a Leonela Beatríz Pasculli caminando junto a un hombre por inmediaciones de calle Hipólito Irigoyen y Pasaje Mántaras de Santo Tomé. En marzo le habían prohibido ingresar a dicha ciudad, en el marco de un juicio abreviado cuya pena fue en suspenso.

Pasculli fue notificada en marzo de la condena a 3 años de prisión, cuyo cumplimiento es condicional debido a que no poseía antecedentes. Perteneciente a la banda de “Los Rochos”, que aterrorizó a vecinos de barrio Zaspe, reconoció haber proferido amenazas y firmó una abreviado. Dentro de las reglas de conducta que le impusieron para mantener su libertad durante el cumplimiento de la sentencia está la prohibición de ingreso a Santo Tomé, donde solía vivir y actualmente residen sus víctimas.

Tras el arresto del sábado, la mujer fue llevada a audiencia imputativa este martes, ante la jueza Celeste Minniti. La fiscal Clelia Trossero le atribuyó la autoría del delito de “desobediencia de mandato judicial” y solicitó que quedara en prisión preventiva. Pasculli declaró que tras ser condenada se instaló en un hotel en Santa Fe, junto a sus dos hijos menores de edad, pero que hace un tiempo se quedó sin dinero para pagar. Debido a las fuertes lluvias de la semana pasada, terminó refugiándose en la Terminal de Ómnibus hasta que la situación no dio para más y decidió volver a su residencia de Santo Tomé.

El defensor público Nicolás Mosconi sostuvo la atipicidad del hecho imputado. La jueza estuvo de acuerdo con esto, y recordó que “sólo se puede desobedecer una orden”. “Las reglas de conducta impuestas tienen otras posibilidades más allá del cumplimiento, el código penal prevé cuáles son las consecuencias que acarrea el no cumplimiento de estas medidas”, es por eso que “dotar de carácter delictivo al no cumplimiento de las reglas de conducta que se imponen es vaciar de contenido las consecuencias establecidas” por la ley.

“Esto quiere decir que el delito tal cual fuera atribuido no cumple con los requisitos de la tipicidad objetiva. No constituye la regla de conducta una orden, sino que simplemente es una condición que se le impone al condenado para que dicha condena sea de ejecución en suspenso”, señaló Minniti. El no cumplimiento de la medida podría resultar en la revocación de la condicionalidad de la pena, algo que debe ser solicitado por la fiscalía ante el juez de ejecución. Por esto, la magistrada dispuso la libertad de Pasculli, a quien le recordó que debe cumplir con las medidas dispuestas. La defensa señaló que ya cuenta con un domicilio en la ciudad de Santa Fe, y presentará los datos correspondientes.

Fuente: EL Litoral

Seguinos en Facebook

Mas en Policiales