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¿Dónde voto? Consultá el padrón definitivo para las elecciones de mañana

¿Dónde voto? Consultá el padrón definitivo para las elecciones de mañana

El padrón definitivo de ciudadanos y ciudadanas en condiciones de votar en las elecciones generales del domingo 27 de octubre está disponible para las consultas públicas, que permiten chequear la información y conocer la mesa y el lugar de votación. Este año, los argentinos eligen presidente y vicepresidente, diputados nacionales y senadores nacionales -sólo en las provincias de Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y CABA-.

¿Querés saber a dónde tenés votás el 27 de octubre? Consultá el padrón acá:

¿Es obligatorio que todos los electores concurran a votar?

Todos los electores que tengan 16 años o más a la fecha de la elección nacional, estarán incluidos en el padrón y tienen el derecho y el deber cívico de votar en las Elecciones Primarias y en las Elecciones Generales. Sin embargo, los menores de entre 16 y 18 años y los mayores de 70 no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar.

¿Hay electores exentos a la obligación de votar?

Los únicos electores que no están obligados a votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son:

• Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios.

• Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.

• El personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En este caso el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

• Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.

Fuente: Aire de Santa Fe

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