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Solicitan información sobr controles de tránsito nocturnos

Solicitan información sobr controles de tránsito nocturnos

La Concejala Rosana Zamora propuso en la sesión del 9 de octubre de 2018 solicitar a la intendenta que remita copias de las actas de infracción confeccionadas por Policía Municipal a vehículos que transitan por Avenida 7 de Marzo entre el Puente Carretero y Avenida Nuestra Señora del Luján los fines de semana y feriados, en horario nocturno, desde el primero de enero de 2018.

La propuesta de la Prof. Rosana Zamora se funda en las pruebas de velocidad y destreza que realizan conductores con sus autos y motos principalmente los fines de semana y feriados, en horario nocturno, en Avenida 7 de Marzo entre el Puente Carretero y Avenida Nuestra Señora del Luján generando situaciones de peligro para su integridad física y de terceros siendo que están penadas por la ley.

Cabe mencionar, que el tramo referido de Avenida 7 de Marzo, es un lugar de importante tránsito de vehículos, que los jóvenes eligen los fines de semana y feriados, en los horarios de la noche por la importante presencia de comercios de comidas y venta de productos alimenticios.

En lo que respecta a la normativa legal, la ordenanza 2513/05 establece en el artículo 46 inciso b) que en la vía pública se “debe circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento, el dominio efectivo del vehículo o animal, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito […]”

La misma norma enumera en el artículo 58 las prohibiciones en la vía pública y en su inciso e) determina que está prohibido “disminuir arbitraria y bruscamente la velocidad, realizar movimientos zigzageantes o maniobras intempestivas”, en el inciso k) impide que “en curva, encrucijada y otras zonas peligrosas, cambiar de carril o fila. Adelantarse, no respetar la velocidad precautoria o detenerse”, mientras que en el i nciso t) impide la utilización de la “vía pública de tal manera que restrinja, impida o contrarie la libre y normal circulación de peatones y vehículos”.

Tambien, el Código Municipal de Tránsito, dispone en el artículo 60 que “el conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuenta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía y el tiempo y densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. […]. El desarrollo de velocidades superiores o inferiores a las establecidas significará que el conductor ha desarrollado una velocidad peligrosa para la seguridad de las personas y en caso de accidente la máxima responsabilidad recaerá sobre él”

El 2 de octubre de 2012, se presentó una comunicación, Expediente 7141, en el cual se solicitó al DEM que, a través del área correspondiente, realice controles de tránsito principalmente los fines de semana y feriados, en los horarios de noche en Avenida 7 de Marzo entre el puente carretero y Avenida Nuestra Señora del Lujan.

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