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Palo Oliver: “estamos conformes con la decisión de la Justicia”

Palo Oliver: “estamos conformes con la decisión de la Justicia”

En estos términos se expresó el diputado provincial Fabián Palo Oliver al conocerse la decisión, en el día de hoy, del juzgado de distrito Civil y Comercial de la undécima nominación que hizo lugar a la “medida cautelar innovativa” disponiendo la veda total para la pesca tanto deportiva como comercial en aguas del río Paraná, jurisdicción de la provincia de Santa Fe, a partir de las 00:00 hs. del 29 de diciembre del año 2020, hasta las 24:00 hs del día 31 de marzo de 2021.

Acumulación de expedientes
“En junio presentamos ante los tribunales santafesinos una acción de amparo, la que por aplicación de la ley de intereses difusos, se acumuló a otra similar que se tramitaba en el juzgado de la undécima nominación de Rosario y que había sido promovida por la asociación ‘El Paraná’ no se toca y por Identidad Ambiental”, comenzó explicando el legislador.
Luego relató: “A partir de allí, ambos expedientes comenzaron a tramitarse de manera conjunta y se sucedieron las presentaciones de nuestra parte cuando esto ocurrió. Entendimos que era indispensable que la justicia tomara cartas en el asunto ya que los pedidos hechos desde el Legislativo habían fracasado uno tras otro. El gobierno se mostró inflexible, en una decisión muy difícil de entender ya que están en juego nada menos que los recursos naturales. Por eso decidimos con otros diputados y diputadas, interponer la acción de amparo”.
Para finalizar el legislador sostuvo: “como dijimos, está en juego la subsistencia del recurso ictícola. La depredación verificada ante niveles hídricos bajísimos, sumado a los inconvenientes que este mismo fenómeno produce en los procesos de reproducción de las distintas especies, fueron determinantes para tomar esta decisión de recurrir a la justicia. Por eso valoramos el trabajo realizado por los abogados que impulsaron esta acción, Romina Araguás por la agrupación ‘El Paraná No Se Toca’ y Rodrigo Fernández, asesor de nuestro bloque”.

Excepciones a la veda
Vale la pena mencionar que se exceptúa de esta medida a la pesca de subsistencia que será entendida como extracción de peces para consumo propio del pescador y su familia, realizada desde la costa o desde canoas a remo con líneas de mano, prohibiéndose totalmente la comercialización del producto de dicha pesca.
Asimismo, se ordena a la provincia de Santa Fe arbitrar los medios necesarios para intensificar el control y la fiscalización en procura del estricto cumplimiento de la veda ordenada. En idéntico sentido la resolución exhorta a las autoridades Nacionales, provinciales, Prefectura Naval, Gendarmería Nacional y todo organismo pertinente a la intensificación de las tareas de control para dar cumplimiento a la presente.

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