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Loyola, un barrio inundado de promesas, pero pocas soluciones

Loyola, un barrio inundado de promesas, pero pocas soluciones

Los problemas en el suministro del servicio de agua potable en el barrio Loyola lejos de solucionarse esta en su etapa más conflictiva. Un servicio tan elemental y básico como el agua no debe ser usado para jugar a la política barata, ni para generar anuncios triviales, tampoco obras de magnitud que generan expectativas pero pocas soluciones urgentes y concretas.

La barriada de Loyola está inundada de promesas, de desplantes y falta de respuestas, eso sí, las facturas comenzaron a llegar con muchas irregularidades. La Asociación Civil sin fines de Lucro “San Ignacio de Loyola” se dirigió mediante una nota enviada a la Dra. Anahí Rodríguez (Ente Regulador de Servicios Sanitarios) con el fin de “solicitar el acceso a la información pública, que posea (desagregada, veraz, oportuna, completa y actualizada) sobre las condiciones sanitarias del agua potable en el barrio”.

También siguen sosteniendo que la presión no es la adecuada, mucho menos la calidad, el estado de los medidores y la falta de información sobre el tema.
Estos reclamos se vienen dando desde diciembre del año anterior, y el informe que requieren los vecinos es en relación a la calidad del suministro del servicio de agua en el barrio Loyola, en donde se continúa denunciando que “presenta anomalías físico-químicas en las muestras extraídas en pozo (que va al tanque), en la bajada del tanque y en la red tanto en lo relativo a color, turbiedad, presencia de amoníaco, nitritos, hierro y manganeso”. Además dicho comunicado señala que la desinfección del agua no es segura, ya que en la bajada del tanque se encuentran altas concentraciones de cloro libre residual, mientras que en distintos puntos de la red hay ausencia de cloro, de acuerdo a la normativa vigente (Resolución ENRESS N° 465). En virtud de ello ustedes intimaron a la Municipalidad de Santo Tomé, a realizar en forma inmediata las acciones correctivas necesarias a fin de asegurar la calidad del agua suministrada y, mientras esto se lleve a cabo, suministrar el servicio alternativo de 5 litros por habitante por día de agua, que cumpla la normativa de calidad para bebida y cocción de alimentos.

ESTADO DE LA INTIMACIÓN A LA MUNICIPALIDAD

Otro punto que atiende la Asociación es que se informe sobre el estado del trámite de la intimación realizada a la Municipalidad de Santo Tomé en relación a que siga proveyendo de agua potable y segura a los vecinos/as, y en relación a las acciones correctivas necesarias para asegurar la calidad del agua suministrada y el suministro de 5 litros por habitantes por día. Indique cómo se le da seguimiento a la intimación realizada, y si se han verificado incumplimientos y en su caso, cuáles son las medidas que se están tomando en relación al incumplidor. Acompañe copia del expediente administrativo y toda información respaldatoria con la que cuente.

Además, aprovechamos para informarles a fin de que arbitre las medidas necesarias que actualmente no están cumpliendo con la obligación de proveer 5 litros diarios por habitante de agua potable. Tampoco se dispuso de un sistema de reparto de agua segura para personas con movilidad reducida, o con personas dependientes de cuidados, o con discapacidad.

CALIDAD DEL AGUA EN EL BARRIO LOYOLA

En este sentido, piden información sobre “qué medidas ha implementado para controlar el cumplimiento de las intimaciones realizadas a la Municipalidad de santo Tomé, vinculadas con la calidad del agua de las viviendas emplazadas en el Complejo Habitacional San Ignacio de Loyola, y de los tanque que proveen el agua potable (Tanque Central y Gral. Paz). Tiene información sobre resultados de análisis fisicoquímico y bacteriológico, o cuenta con información provista por la Municipalidad de Santo Tomé sobre estos estudios”.

PRESIÓN DEL AGUA

En este punto, requieren al Enress si posee información sobre si el Municipio verifica de manera regular la presión de agua corriente en dicho barrio, ya que hay vecinos que no pueden acceder al servicio debido a que en sus domicilios directamente no cuentan con agua en determinadas horas del día. Si bien se ha comunicado a la municipalidad de esta problemática, las autoridades pertinentes argumentan que la presión es la correcta. No contar con agua en este contexto de pandemia es muy grave para la salud de los vecinos/as ya que se ven privados de poder realizar las medidas higiénicas preventivas básicas recomendadas por el ministerio de salud (como el lavado de manos y limpieza de elementos y del entorno).

EMPRESA QUE REALIZA ESTUDIOS DE CALIDAD DEL AGUA

Le solicitamos información sobre la empresa que realiza estudios de calidad de agua para la Municipalidad de Santo tomé, habilitación, y protocolos que utiliza y resultados obtenidos de muestras tomadas en el mes de febrero en distintas viviendas del barrio. Ponemos en conocimiento que en viviendas del Barrio Loyola no se llevó a cabo protocolo alguno en la toma de muestras así como tampoco la cadena de custodia de la muestra

ESTUDIOS DE CALIDAD

Los vecinos siguen sosteniendo que la calidad del agua no es la mejor y solicitaron que “remita la totalidad de los informes sobre los Estudios de calidad del agua realizados por ustedes o remitidos por la Municipalidad en relación a la prestación de servicios del Barrio Loyola de los últimos cinco años, con sus protocolos correspondientes. Indicando resultados de los controles físico-químicos y bacteriológicos que se realizaron, tanto en el agua de red como así también en el servicio complementario (cubas). Además informe sobre los estudios de calidad de agua realizados en relación a la nueva conexión -bypass- con el Tanque del Barrio General Paz (Libertad y López y Planes) y Tanque Central (7 de Marzo entre 1° de Mayo y J.J. Paso), así también el Plan de mantenimiento de limpieza de tanques y red que proveen actualmente a sectores del Barrio Loyola.

Asimismo, se lo pone en conocimiento a los fines que arbitre medidas urgentes ya que el agua corriente en dicho complejo sigue teniendo un gusto y olor desagradable, contenido de sarro y alta turbidez, sin perjuicio de otros elementos que puedan poseer que no la hagan apta para consumo humano. Teniendo en cuenta que el agua es un derecho humano fundamental directamente vinculado con la integridad y salud de las personas y atento a los resultados negativos de los recientes estudios de calidad del servicio de agua realizados por ustedes ENRESS y por laboratorios de Universidad Pública, surge que dicho derecho estaría siendo vulnerado para las personas que residen en el Barrio Loyola.

Por lo dicho, se estaría poniendo en riesgo la salud de la comunidad sin que el Municipio, en tanto prestador del servicio, brinde una solución técnicamente correcta, participativa, transparente, oportuna y definitiva para la comunidad. La prestación del servicio de agua debería permitir a cada persona disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico (OG, 15). Ello, no se verifica en el barrio.

El suministro alternativo que brinda el Municipio es a todas luces también insuficiente (cisterna) y en condiciones no seguras (traslado y almacenamiento) e inaccesible para gran parte de los residentes, en particular quienes son personas mayores, con discapacidad o tiene enfermedades dermatológicas, inmunológicas, se encuentran embarazadas o con personas a cargo en situación de dependencia absoluta o relativa de cuidado. La situación de almacenamiento de agua puede traer otras problemáticas de salud como la presencia de vectores (dengue, zika, chikungunya), además de las enfermedades de origen hídrico o por contaminación por consumo de agua no segura. Dichas medidas se han tomado sin la debida participación de la comunidad. El Municipio sigue cobrando como prestador a pesar del incumplimiento en brindar agua segura a la comunidad del Barrio Loyola, en este punto se debe notar que se detectaron irregularidades en la medición del agua consumida por los vecinos (se adjuntan fotografías del estado de los medidores y fotocopias de las facturas que llegan sin prestar demasiados detalles de los consumos cobrados).

Solicito que la información sea entregada en formato digital vía correo electrónico o mediante un dispositivo de almacenamiento electrónico, que ofrezco aportar de ser necesario. Asimismo, en caso de que la información requerida se encontrare disponible en formato abierto, solicito su entrega en dicho formato.

Esta solicitud de información se realiza bajo el amparo del derecho de acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información.

El presente pedido de información pública se fundamenta en la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública Nº 27.275 y en el art. 13 inc.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Universales de los Derechos Humanos y en el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional. También en lo dispuesto por el Decreto 692/2009.
Solicito se sirvan remitir la respuesta al pedido de información al domicilio informado ut supra, respondiendo en el plazo perentorio de 15 días estipulado en la mencionada normativa (Art. 11 de la Ley 27.275). La negativa configura un incumplimiento que habilitará las acciones legales pertinentes”.

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