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Juicio por el femicidio de Liliana Sala: “Este asesinato fue una muestra de poder”

Juicio por el femicidio de Liliana Sala: “Este asesinato fue una muestra de poder”

El juicio por el femicidio de Liliana Sala tuvo este martes su jornada de alegatos de clausura. Las partes repasaron la prueba producida durante el debate y expusieron sus pretensiones ante el tribunal: la Fiscalía y la querella insistieron con que Pablo Flatt debe ser condenado a prisión perpetua como autor del femicidio, mientras que el defensor reclamó la absolución por el beneficio de la duda. La acusación contra Flatt fue sostenida por la fiscal Alejandra Del Río Ayala, quien sostuvo que el crimen de Liliana fue un femicidio sexual, y por los abogados querellantes Carlos Rabazzi y Rubén Kilibarda, que agregaron el agravante de alevosía. Para el defensor público Sebastián Amadeo, no se alcanzó el grado de certeza necesario para condenar al acusado. Al finalizar la exposición de las partes, el tribunal conformado por los jueces Gustavo Urdiales, Sergio Carraro y Susana Luna informó que darán a conocer el veredicto el jueves 7 a las 8 de la mañana.

Femicidio sexual

La Fiscalía consideró cumplida la promesa de los alegatos iniciales: se pudo comprobar que Pablo Flatt entró a la casa de la víctima durante la noche del 19 y la madrugada del 20 de diciembre de 2021, golpeó a Liliana, abusó sexualmente de ella, agarró el teléfono celular y la camioneta y se fue: “Cada extremo, cada detalle fue probado”, sostuvo Del Río Ayala. Para la fiscal, el hallazgo de la camioneta Jeep Renegade blanca de la víctima “fue clave en la resolución del caso”: las diferentes cámaras de vigilancia y los testimonios permitieron reconstruir el recorrido de la camioneta y quién la conducía; el conductor fue reconocido en rueda de personas por testigos que lo vieron, hablaron con él y lo describieron.

En esta línea de pruebas, la remera que vestía Flatt fue secuestrada en el allanamiento en su casa; el arma homicida fue encontrada en la camioneta: la barreta de hierro tenía sangre de la víctima en un extremo y ADN del acusado en otro. En el buzo negro que estaba en el automóvil también se hallaron muestras de víctima e imputado, repasó la Fiscalía. “Liliana luchó, se resistió al ataque. Todas las heridas fueron previas a la herida mortal. Un crimen despreciable ante el cual nos queda un único interrogante: ¿por qué? La respuesta no es racional: porque quiso, porque pudo, porque para él no significa nada, por eso es un femicidio”, remarcó Del Río Ayala.

Luego, la fiscal explicó por qué el caso entra en la categoría de femicidio sexual: consideró probada la asociación del deseo del agresor con el sufrimiento de la mujer, lo que se demuestra en el abuso sexual. “Dejó el cuerpo envuelto como un objeto desechable. Este asesinato fue una muestra de poder”, insistió la fiscal. Luego, detalló: “En este caso el femicidio sexual está muy claro: abuso sexual, eyaculación, un cuerpo semidesnudo, envuelto, y ataques en partes del cuerpo vinculados con la feminidad”.

Femicidio con alevosía

A su turno, el querellante Carlos Rabazzi adhirió a lo manifestado por la fiscal y realizó un breve repaso de la vida de la víctima: “Liliana tuvo una vida de sacrificio y dedicación, tuvo varios trabajos temporales y pasó dificultades económicas hasta que en el 97’ ingresó al Correo Argentino, donde logró hacer una carrera notable y quedó a cargo de un área importante del correo. Era una excelente compañera de trabajo, lo muestra la vigilia que realizaron sus compañeros durante el desarrollo del juicio en la plaza frente a tribunales. Así logró construir una casaquinta en la que recibir a sus hijos y sus nietos, y que se convirtió en el escenario de este crimen atroz”.

Para los querellantes, Flatt actuó alevosía en el femicidio de Liliana. Rubén Kilibarda sostuvo que “Vinimos a buscar justicia para Liliana y para sus hijos. Las pruebas han dado respuesta real al caso, y han respaldado la acusación”. El querellante repasó las tareas realizadas desde la primera policía que llega al lugar y resguarda el perímetro, la Brigada de Femicidios que realizó la investigación, el personal de Criminalística que realizó la recolección de huellas y rastros, y las bioquímicas que las analizaron y encontraron muestras de ADN de la víctima y del acusado en elementos claves para la investigación. Kilibarda también se refirió al informe realizado por la Junta Especial de Salud Mental, y que fue introducido al debate por acuerdo probatorio: todo lo que hizo Flatt lo hizo con plena conciencia, entiende por qué está acá y dirigió sus actos con conocimiento y voluntad.

El querellante concluyó con que las más de 12 lesiones que sufrió Liliana en vida demuestran que “durante mucho tiempo el atacante no quiso matarla, quiso que sufriera dolor, vencerla física y psicológicamente. Este tipo de relatos, de torturar para causar dolor sólo los he visto en víctimas de terrorismo de Estado”.

Duda razonable

Finalmente, el defensor público Sebastián Amadeo ratificó el pedido de absolución por duda razonable, y que se disponga la libertad de Flatt “cualquiera sea el veredicto”; el defensor sostuvo que “la prueba debe valorarse con la sana crítica razonable, y bajo el paraguas del principio de inocencia y del indubio pro reo”, y que asi no se logrará la certeza necesaria para condenar a Flatt. Luego, enumeró una serie de puntos según los cuáles no puede darse por probado que fue Flatt el autor del hecho: “Nadie vio ingresar a Flatt a la vivienda ni retirarse de ahí; no hay huellas de Flatt en la casa ni en el cuerpo de la víctima –en este punto sostuvo que la muestra de semen del acusado en el cuerpo de la víctima podía haber sido resultado de una relación consentida-; las huellas tomadas en la camioneta no pueden ser tenidas en cuenta porque se fueron tomadas en violación de garantías constitucionales sin avisar a la defensa. Los estudios de ADN en la barreta de hierro no arrojan certezas sino probabilidades, la propia bioquímica hablo de hipótesis y probabilidades”, detalló Amadeo.

El defensor agregó que no está acreditado que Flatt haya conducido la camioneta, no hay huellas de él y las imágenes son difusas e imprecisas. Además, según la defensa, no se acreditó el móvil del crimen ni ninguno de los agravantes del crimen para que sea considerado femicidio. Luego, Amadeo cuestionó la pena a prisión perpetua, pretendida por los acusadores: “Es inconstitucional, no permite la resocialización del condenado, es castigo puro y duro. Hay discusión sobre cuando finaliza la condena, es un castigo psicológico”, sostuvo Amadeo.

El defensor expresó que “hay doctrina que equipara la prisión perpetua con la pena de muerte; la prisión perpetua viola el principio de inhumanidad de las penas, que establece que no pueden ser crueles ni inhumanas”, y por último se preguntó: “Si el condenado sabe que no va a salir de la cárcel, ¿no es una instigación estatal al suicidio?” La fiscal realizó una dura réplica a los puntos enumerados por el defensor, y remarcó: “Cuando se mata a un tipo le meten tres tiros, a las minas les hacen esto que le hicieron a Liliana: las dejan semidesnudas, con la ropa interior tirada al lado del cuerpo. ¿en serio no hay violencia física y sexual? Por eso es un femicidio.”

Finalmente, sobre el planteo de la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, Del Río Ayala sostuvo que “no puede ser considerada inhumana porque se la impone legalmente, está establecida por el Estado y guarda proporción con el delito cometido”, y sobre el régimen de ejecución, “no le corresponde establecerlo a este tribunal, corresponde a la etapa de ejecución”. Tras cuatro días de debates y la declaración de 20 testigos, el tribunal dará a conocer el veredicto el jueves 7 de diciembre a las 8 de la mañana en los tribunales santafesinos.

Fuente: Aire de Santa Fe

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