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Requisitos para el funcionamiento de empresas exceptuadas del aislamiento

Requisitos para el funcionamiento de empresas exceptuadas del aislamiento

En virtud de la Resolución N° 41/2020 emitida por el Ministerio de Trabajo de la Provincia, la Dirección de Producción de la Municipalidad de Santo Tomé recuerda que las empresas comprendidas en las excepciones del aislamiento social obligatorio deberán tramitar la correspondiente autorización para funcionar, cumpliendo con una serie de requisitos para garantizar la seguridad de sus trabajadores, proveedores y clientes.

Requisitos para la habilitación

Las empresas deben asegurarse de que la actividad que llevan adelante se encuentre entre las excepciones contempladas por el Decreto 297/2020 y las Decisiones Administrativas 429/2020 y 450/2020. Además, deberán enviar un correo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ([email protected]), con copia a la Dirección de Producción de la Municipalidad de Santo Tomé ([email protected]). Allí tendrán que adjuntar las “Declaraciones Juradas del Anexo Resolución 41/20” por cada trabajador que esté afectado a la empresa y el “Protocolo de Seguridad e Higiene” a implementar por la misma. Para obtener mayor información sobre los protocolos se puede ingresar en www.santafe.gov.ar.

Cabe señalar que la copia para el Municipio se solicita en virtud de ser éste, a través de las áreas pertinentes, el agente de fiscalización y control del cumplimiento de estas disposiciones. Por otra parte, es importante remarcar que las empresas no podrán iniciar sus actividades hasta tanto le comuniquen al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y al Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de Santa Fe las disposiciones antes mencionadas y hayan recibido la autorización correspondiente. En cuanto al funcionamiento de los comercios, las consultas sobre locales o servicios se pueden enviar por correo electrónico a la siguiente dirección: comercioyservicios@santafe.gov.ar.

Permisos de circulación

Finalmente, los trabajadores y trabajadoras que concurran a los comercios y empresas que puedan funcionar, deberán contar con los permisos de circulación provincial (trámite firmado por el empleador) y nacional (trámite individual online) para dirigirse a su lugar de trabajo.

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