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Proponen la creación de un Tribunal de Cuentas en el ámbito de Santo Tomé

Proponen la creación de un Tribunal de Cuentas en el ámbito de Santo Tomé

Hasta ahora —al menos así sucedió en los últimos veinte años—, cuando la Municipalidad de Santo Tomé necesitó revisar, analizar o investigar alguna gestión, por lo general lo hizo a través de auditorías externas. Uno de los motivos de que ello sea así es porque la ciudad carece de un órgano de control específico para actuar en situaciones de esa naturaleza. Con ello, el bloque de concejales de Unidad Ciudadana (PJ) que lidera Rodrigo Alvizo, viene impulsando desde hace más de un año la creación del Tribunal Municipal de Cuentas de Santo Tomé (TMC). Sería una herramienta, tal cual supo definirla el edil, “que permitiría a los diferentes órganos del Estado y a la ciudadanía en general tener la tranquilidad de saber cómo se destina el dinero de los impuestos y las diferentes partidas presupuestarias”.

“En un contexto en el que el municipio informa dificultades para poder afrontar el pago de salarios, vemos como fundamental la existencia de una institución externa que pueda auditar las cuentas del Ejecutivo”, remarca Alvizo, basándose en declaraciones de la propia intendenta Daniela Qüesta. Y en tal sentido, propone la creación de un órgano funcional y técnicamente independiente, el que tendrá el objeto de ejercer el control externo y posterior del sector público del municipio (es decir durante el ejercicio económico y después del mismo). El régimen de organización, funcionamiento y competencia del mismo estará establecido en la ordenanza que se promulgaría para tal fin, la que está prevista en el proyecto remitido al Cuerpo legislativo local el viernes 24 de agosto de 2018. La propuesta fue derivada a estudio en la sesión del martes siguiente (28 de agosto) y desde ese día se encuentra en las cuatro comisiones del Cuerpo: Salud y Medioambiente, Educación y Cultura, Hacienda y Presupuesto, y Gobierno y Obras Públicas.

En cuanto a la integración del TMC, la ordenanza establece que será ejercido por tres miembros titulares designados por el Concejo Municipal, a partir de una lista de postulantes integrada por quienes hayan participado y aprobado el concurso público que deberá desarrollarse a tal efecto. Respecto a esto último, se aclara que para la realización de dicho concurso se llevará adelante una convocatoria, la que tendrá amplia y suficiente difusión (la misma deberá efectuarse con 45 días de antelación al comienzo del plazo de inscripción de aspirantes). El concurso será presidido por un jurado exclusivamente conformado para este fin, el que estará integrado por tres profesionales de reconocida trayectoria en ciencias jurídicas y económicas, con antecedentes como profesores titulares o adjuntos en cátedras relacionadas a estas especialidades en la Universidad Nacional del Litoral (UNL).

Integración del jurado

Para lograr ecuanimidad y equilibrio desde la conformación misma del jurado que habrá de presidir el concurso, uno de sus integrantes será elegido por los bloques de concejales que representen a la oposición, disponiendo de un voto cada concejal y en caso de empate, desempatará el presidente del bloque opositor mayoritario. Los otros dos integrantes serán elegidos por el Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial (Colegio de Abogados) y el Concejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Santa Fe (CCE), uno cada uno. En cuanto a la designación del integrante del jurado que le corresponderá hacer al Concejo Municipal, cabría hacer una aclaración, relacionada con la composición actual del Cuerpo, que está dividido en tres tercios iguales (FPCyS, PJ y Cambiemos).

Como esa condición se mantendrá así con la renovación parcial de diciembre próximo (sólo habrá cambio de “actores”, por así decirlo), una situación de desempate como la prevista no es factible, porque no existe hoy un bloque opositor mayoritario, sino que todos tienen tres representantes. ¿Cómo se elegiría, entonces, ese miembro del jurado de mantenerse una situación así? En Unidad Ciudadana creen que debería elegirse por consenso (entre PJ y Cambiemos), sin presentar a una persona del “riñón” de estos dos partidos (muy identificada con uno de ellos), sino alguien independiente, que demuestre idoneidad necesaria para ocupar el cargo. Es decir, se lograría consenso sin necesidad de desempate. El día que se pueda desempatar en base a la letra fría del reglamento, se aplica el mismo como corresponde.

Una vez inscriptos, los postulantes deberán participar y aprobar las distintas etapas de antecedentes, oposición, examen escrito y entrevista personal previstas, luego de lo cual se confeccionará una lista con el correspondiente orden de mérito (elaborada en virtud del puntaje total obtenido), aunque no vinculante para la designación final de parte del Concejo Municipal. La convocatoria, la inscripción, cada una de las etapas de desarrollo con sus respectivos resultados, así como el orden de mérito final del concurso serán notificados de manera inmediata y por escrito al propio órgano legislativo, al CCE, al Colegio de Abogados y a la UNL, a quienes se invitará formalmente a participar como veedores de todo el proceso.

Composición y funcionamiento

El TMC siempre tendrá una composición mixta, combinándose a profesionales de las Ciencias Económicas y las Ciencias Jurídicas. Los tres miembros designados deberán prestar juramento de desempeñar fielmente el cargo ante el Concejo Municipal. Serán las autoridades del tribunal y durarán cuatro años en sus funciones pudiendo ejercer el cargo hasta en dos períodos continuos. Uno de ellos será elegido presidente por los propios miembros y los otros serán vocales. La presidencia rotará de manera anual. En caso de ausencia o impedimento del presidente, será reemplazado por un vocal.

En ningún caso el TMC podrá formar quorum sin al menos el presidente y uno de los vocales. En caso de ausencia o impedimento definitivo de algunos de los miembros, se dispondrá de manera inmediata y en un plazo no mayor a 30 días, a partir de su comunicación, la convocatoria a concurso para su designación. Las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos, dejándose constancia de las opiniones en disidencia. El presidente del TMC es el responsable administrativo de la unidad de organización y como tal ejerce la representación del organismo ante terceros.

Fuente: El Litoral.

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