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por
la redacción
La causa por el accidente fatal que le costó la vida a Claudia Decurgez en Santo Tomé, protagonizado por Nicolás Mattioli, se definirá en un juicio oral y público, a pesar de que el abogado defensor ofreció una compensación millonaria a la familia de la víctima, en marco de un pedido de probation.
La acusación contra Mattioli fue sostenida por la fiscal del caso Rosana Marcolín y el abogado querellante Diego Martini Guidi, quienes rechazaron la pretensión de la defensa, anticiparon un pedido de pena de cuatro años de prisión y diez años de inhabilitación para conducir.
En tanto, el abogado defensor de Mattioli, Germán Corazza, solicitó que la causa se resuelva a través de una probation, o una suspensión de juicio a prueba. Para esto, ofreció una indemnización millonaria, trabajo comunitario en una Asociación Civil y dos años de inhabilitación para conducir. La jueza penal Celeste Minniti rechazó el pedido de probation en base a los fundamentos brindados por la Fiscalía, y habilitó que la causa por la muerte de Claudia Decurgez se resuelva en un juicio oral y público.
Accidente fatal
La Fiscalía repasó el hecho atribuido a Mattioli, cuando el 21 de septiembre de 2024, cerca de las 7:30 de la mañana embistió desde atrás la bicicleta en la que circulaba Claudia Decurgez, en la avenida Richieri en inmediaciones de Libertad. Como resultado del impacto, Claudia salió despedida del rodado y falleció por un traumatismo de cráneo como consecuencia de la caída.
El siniestro fue advertido por una vecina de la zona que dio aviso al 911; cuando llegaron los policías, Mattioli manifestó a viva voz “No la vi, se me cruzó, todavía está respirando”. Los policías requirieron una ambulancia, y cuando llegó, los profesionales de la salud constataron el deceso de la mujer. Los investigadores advirtieron en una vivienda de la zona una cámara de seguridad, donde se puede observar el momento de la colisión; la acusación fiscal aclara que se agregaron dos videos a la causa, en los que se puede observar que Claudia Decurgez circulaba en línea recta, reglamentariamente y ceñida a la derecha de la calzada, con lo que se descarta que se le haya “cruzado” como había manifestado Mattioli; se ve también la camioneta conducida por Mattioli y el momento del impacto. Los daños que presenta la camioneta también confirman que la ciclista no se cruzó.
Los videos permiten advertir además que Mattioli nunca frenó ni bajó la velocidad, colisionó a la víctima a la velocidad que venía circulando. “Es este obrar negligente, no ver a la víctima, por la razón que sea, ya sea porque venía mirando el celular, un pájaro que le llamó la atención, lo que sea – es indistinto, irrelevante e imposible de probar -, y por eso embiste a la víctima, es la hipótesis de la fiscalía”, detalla el bloque acusatorio. el informe accidentológico del perito permitió precisar la mecánica del hecho tal como se expuso en la imputación: el conductor embistió a Claudia sin realizar ninguna maniobra de evasión ni intento de frenada.
En cuanto a la velocidad a la que circulaba, se estimó en aproximadamente de 53,31 km/h, y que no existía obstáculo para que Mattioli pudiera divisar a la víctima antes del impacto. Informes requeridos a la Municipalidad de Santo Tomé informaron que la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho es de 60 km/h por tratarse de una avenida, y se requirieron precisiones sobre la licencia de conducir de Mattioli, ya que no tiene visión en uno de sus ojos.
Mattioli fue acusado como autor de Homicidio culposo agravado por conducción imprudente de vehículo automotor, y tanto la Fiscalía como la querella anticiparon que pedirán una condena de cuatro años de prisión, y diez años de inhabilitación para conducir.
Pedido de probation
Luego, el abogado defensor solicitó que la causa se resuelva a través de una suspensión de juicio a prueba, instituto legal que permite evitar el juicio y una eventual condena a través de una reparación.
Corazza argumentó que la calificación legal de homicidio culposo habilita el pedido de probation, además, Mattioli no tiene antecedentes penales y destacó el comportamiento del imputado en el proceso, siempre ajustado a derecho. El abogado sostuvo que Mattioli brindó auxilio a la víctima tras el choque, lo que fue negado por la Fiscalía, y que hizo entrega voluntaria de la licencia de conducir. Además, instruyó a los abogados para que la compañía de seguros indemnice a la familia de la víctima, refirió Corazza. Luego, Corazza ofreció una reparación económica para la familia de la víctima de 10 millones de pesos y tareas comunitarias, una vez por semana durante cuatro horas en la Asociación Vecinal Altos del Valle.
Además, ofreció una inhabilitación para conducir durante dos años, ya que tiene una hija con discapacidad que debe llevar a terapias, explicó el abogado. La Fiscalía se opuso al pedido de probation “porque no es un hecho leve, porque el daño causado es extremo y por el interés social que tiene la causa de resolverse en juicio”, alegó la fiscal Marcolín. En este sentido, la fiscal explicó que “por razones de política criminal, hay instrucciones de la Fiscalía Regional y General de dar relevancia a los delitos culposos que terminen con la vida de la víctima, debido al aumento de la siniestralidad y la gravedad de los accidentes de tránsito, por eso la instrucción de priorizar estos delitos”. Marcolín agregó que se deben lograr condenas por una posible situación de reiterancia, y que en este caso “el 100% de la responsabilidad del accidente fue del imputado, la víctima no tuvo ninguna conducta de puesta en peligro”.
El abogado querellante adhirió a los argumentos de la Fiscalía y agregó que la familia de Claudia tiene un interés especial en que la causa se resuelva en un juicio oral, donde se ventilen los pormenores de lo ocurrido.
A juicio oral
Al momento de resolver la jueza valoro los fundamentos de la Fiscalía para oponerse al pedido de probation. Minniti remarcó que la Fiscalía es la titular de la persecución penal y que ha dado “sobrados y fundados motivos” para oponerse a la probation.
La magistrada destacó las instrucciones concretas de las autoridades del MPA en materia de política criminal para la persecución de los delitos culposos que ocasionan la muerte de una persona, lo que no puede ser desoído por la fiscal del caso. Luego, Minniti repasó la acusación y los fundamentos que la sostienen, la lista de testigos ofrecidos por las partes, los acuerdos probatorios y la prueba documental que se presentará durante el juicio, que se realizará ante un tribunal unipersonal una vez que la resolución de la audiencia preliminar quede firme.
Fuente: Aire de Santa Fe
