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Los comercios locales cierran sus puertas el miércoles 26

Los comercios locales cierran sus puertas el miércoles 26

A partir del pedido realizado por la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (Faecys), el Día del Empleado de Comercio, que se celebra el 26 de septiembre, será trasladado al lunes 24 en la ciudad de Santa Fe, al tiempo que en nuestra ciudad la fecha no sufrirá modificaciones. En consecuencia, en la ciudad no habrá actividad del sector durante toda la jornada el próximo miércoles. Vale la pena recordar que más allá de esta situación el martes 25 las puertas de la mayoría seguirán cerradas debido a que en la jornada se concretará un paro general convocado por CGT al que adhiere Faecys.

“El lunes será jornada no laborable, por tanto los trabajadores que quieran podrán tomarse el día, como así también será decisión de cada dueño abrir o no su comercio si dispone atenderlo él mismo, por ejemplo, o contar con la colaboración del trabajador si este así lo quiere”, remarcó en diálogo con UNO el titular del Cuec (Centro Empleados de Comercio de Santa Fe), Edgardo Coria. En cuanto al paro, Coria detalló que se trata también de una disposición abierta a la voluntad de cada trabajador. Asimismo y en referencia a lo que sucederá en las ciudades de Recreo y Santo Tomé, Coria puntualizó que en ambos lugares los días de puertas cerradas de comercios serán el martes (por el paro) y el miércoles (por el día no laborable). “La diferencias de días está en que ellos tienen aprobada la ley de descanso dominical”, cerró.

Detalles

Desde 2009 y a través de la ley 26.541 se estableció que el Día del Empleado de Comercio se asocie al 26 de septiembre de cada año, sumándose como uno de los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del ciento por ciento. Si no se trabaja, el empleado de comercio tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no varía. Vale decir que la ley remarca que se “deja a libre criterio de los comerciantes y prestadores de servicios comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo 130/75, la posición a adoptar respecto de sus dependientes”.

Fuente: UNO Santa Fe.

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