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Desde el área de Seguridad Vial del municipio recuerdan la normativa vigente para el traslado de menores en motocicleta

Desde el área de Seguridad Vial del municipio recuerdan la normativa vigente para el traslado de menores en motocicleta

Santo Tomé, ¡Por mas Cultura Vial! Construyamos conciencia. En nuestra ciudad la ordenanza municipal dice que la edad mínima para transportar un niño en motovehículo debe ser de 12 años El Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, ante el vacío legal que deja sobre la edad del acompañante la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 establece las siguientes conclusiones:

  • – Ante la falta de una legislación nacional que proteja a los niños acompañantes de motocicleta, se aconseja no transportar menores de 12 años en este tipo de vehículos.
  • – Si un niño no es lo suficientemente grande para usar un casco apropiadamente, entonces no es aconsejable que suba a una moto.
  • – Si sus pies no llegan cómodamente al apoyapiés de la motocicleta, su seguridad corre peligro.
  • Quienes trabajamos en todo lo que hace a la Seguridad Vial, aconsejamos que ante la falta de una legislación nacional que proteja a los niños acompañantes de motocicleta, no se transporte a menores de 12 años en este tipo de vehículos. Tenga en cuenta que si un niño no es lo suficientemente grande para usar un casco apropiadamente, entonces no es aconsejable que suba a una moto y si sus pies no llegan cómodamente al apoyapiés de la motocicleta, su seguridad corre peligro.

 

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