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por
la redacción
En el arranque de esta nueva semana, desde la Comuna de Sauce Viejo recordaron que se encuenttra en plena vigencia la Ordenanza Comunal Nº 3315/2016 que establece las reglas y las normativas básicas para conseguir la habilitación del estado local s para la realización de reuniones, fiestas y/o eventos en la vecina localidad. Al respecto, se indica que la normativa enmarca a toda reunión que supere la cantidad de setenta (70) personas y que se realice en un lugar cerrado o al aire libre, que tenga o no fines de lucro. Frente a este panorama, quienes piensen desarrollar un evento de estas características deberan cursar nota a la Oficina de Habilitaciones con no menos de veinte días de anticipación.
De esta forma, siempre y cuando las reuniones de personas superen ese número y tengan un interés cultural o recreativo la Comuna de Sauce Viejo podrá habilitarlas, dando Intervención al Juzgado de Faltas para que emita un Dictamen no vinculante en materia de Control y Seguridad. Siempre que se cumplan los los requisitos exigidos en la presente Ordenanza. Además, se podrán solicitar requisitos excepcionales si la dinámica de la reunión y las características del lugar así lo requieran. A continuación, compartimos el texto completo de la ordenanza para su consulta: http://sauceviejo.gob.ar/…/or…/Ordenanza_Comunal_3315-16.pdf
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