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La Comuna de Sauce Viejo extiende la moratoria impositiva hasta el 31/12

La Comuna de Sauce Viejo extiende la moratoria impositiva hasta el 31/12

A partir del 1° de Agosto se encuentra vigente esta nueva propuesta de regularización tributaria. Tal como lo establece la Ordenanza comunal 3698/19. El presente régimen de regularización contempla a los siguientes tributos:

*Tasa General de Inmuebles

*Venta de nichos y terrenos en el cementerio local

*Derecho de registro e inspección

*Rentas y tributos varios

*Regularización de Obra

*Convenios de pagos vencidos que tuvieran origen en alguno de los conceptos anteriores

Los contribuyentes que deseen adherirse deberán presentarse en el horario de atención al público y una vez establecido el plan, abonar la primera cuota. Los beneficios se efectivizarán a través de la reducción en los intereses de la deuda que serán hasta el 50% para los pago contado y del 40%, 30%,20%,10% según la modalidad de cancelación convenida.

Derecho de Edificación por Documentación de Obras Existentes.

Dentro de la misma quedan comprendidas todas las edificaciones existentes pendientes de documentación, ya sean viviendas residenciales, construcciones industriales, plantas de acopio de cereales, etc. También, aquellas presentaciones en la materia efectuadas ante esta Comuna que posean una antigüedad inferior a los 30 días contados desde la sanción de la normativa.

  • Se efectuará una reducción de un 50% de la alícuota vigente para todas aquellas obras o mejoras sin documentar que no superen los 150 m2.
  • Si las obras o mejoras de obras existentes a regularizar superen los 150 m2 y sean menores a 500 m2, la reducción de la alícuota vigente consistirá en un 30%.
  • Si las mejoras pendientes de regularización sean superiores a los 500 m2, la reducción de la alícuota vigente alcanzara solo un 10%.

Los saldos resultantes podrán ser abonados de la siguiente manera:

  • Hasta en 10 cuotas mensuales sin intereses
  • De 11 hasta 24 cuotas mensuales, con un interés por financiación del 2% mensual directo

Observación:

  1. Para todos los casos que hayan iniciado el permiso de documentación dentro de los 30 días anteriores a la sanción de la presente y deseen adherirse al Régimen, deberán solicitarlo formalmente en el mismo trámite ya iniciado.
  2. Para la presentación de planos adherido al Régimen, deberá constar en la caratula: DOCUMENTACIÓN S/ORD. 3698/19

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