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Condenaron al prestamista que intentó matar a su familia en Aires del Llano

Condenaron al prestamista que intentó matar a su familia en Aires del Llano

Un empresario y financista santafesino de 42 años identificado como Federico Ramón S. (el apellido no se publica para preservar la identidad de cuatro de las víctimas) fue condenado este jueves por haber intentado matar a su esposa y a sus cuatro hijos en Aires del Llano, una noche de abril de 2022. La condena a 10 años de prisión fue impuesta a través de un acuerdo de procedimiento abreviado que contó con el aval de la esposa de S., y en representación de sus cuatro hijos menores.

La causa fue tramitada por el fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual, Matías Broggi, y Sosa fue asistido por el defensor público Gustavo Durando. La audiencia de admisión del acuerdo se realizó ante la jueza Susana Luna, quien remarcó la voluntad de la víctima para dejar firme el acuerdo.

S. fue condenado como autor del delito de homicidio calificado por el vínculo en cinco oportunidades y por violencia de género, en grado de tentativa y pasará 10 años detenido en el penal de Coronda; el condenado embistió intencionalmente el vehículo en el que se conducía su esposa y los cuatro hijos de 4, 7, 10 y 13 años con la intención de quitarles la vida.

Tentativa de homicidio

El fiscal Broggi recordó los hechos perpetrados por Sosa, la noche del 8 de abril de 2022, en las calles internas del barrio Aires del Llano, donde reside la familia. Llamados de vecinos al 911 alertaron sobre un posible accidente de tránsito en el boulevard del barrio. Cuando arribaron los móviles policiales se supo que la situación había sido otra: una mujer, llorando, daba cuenta que su esposo “los quiso matar a todos”. La mujer y los cuatro hijos del matrimonio iban a bordo de un Citroën C4 que S. impactó desde atrás a bordo de una utilitaria Citroën Berlingo blanca. El impacto generó que N.R. y sus hijos terminaran dentro del cantero central del bulevar y sufrieran algunas lesiones. Mientras que el agresor fue hasta su domicilio donde un rato después, cerca de las 22, fue detenido por agentes del Comando Radioeléctrico de Santo Tomé y de la Subcomisaría 15 que realizaron las primeras actuaciones, y se dio intervención a la Brigada de Femicidios.

Entre la evidencia relatada por el fiscal se encuentran las declaraciones de los allegados a la pareja, y en especial de los cuatro niños que fueron entrevistados por personal de la secretaría de Niñez: todos ellos relataron que su papá “era malo” y que les pegaba a ellos y a su mamá.

También tuvieron un relato similar a lo sucedido esa noche: los tres hijos varones estaban con su mamá en un departamento en Santa Fe mientras que la nena estaba con su papá en la casa de Aires del Llano; el matrimonio tuvo una discusión telefónica en la que S. amenazó con prender fuego la casa con la nena adentro, lo que motivó a la mujer agarrar a sus tres hijos e ir hasta el barrio a buscar a la niña. En la vivienda continuó la discusión y el hijo mayor logró sacar a la nena de la casa, luego se subieron al auto con su mamá y se fueron. Uno de los niños advirtió que el padre los seguía en otro vehículo y logró impactarlos, haciendo que el Citroën C4 derrapara y chocara con una columna de alumbrado. Luego, S. se bajó del auto, vio como estaban y se fue a la casa, donde luego fue detenido.

Al momento de la ocurrencia de los hechos S. se encontraba cumpliendo una condena en libertad condicional por haber encabezado una banda que realizaba préstamos informales, fuera del circuito financiero y con una alta tasa de interés. En el marco de esa causa, S. fue condenado a tres años de prisión efectiva -como jefe de una asociación ilícita- en septiembre del 2020, pena que cumplió en prisión hasta el 27 de diciembre del 2021 cuando obtuvo el beneficio de la libertad condicional.

10 años de prisión

S. fue condenado a 10 años de prisión como autor de cinco intentos de homicidios calificados por el vínculo y por violencia de género. La pena establecida por el código penal pena para este delito es de 10 años de mínima y 15 de máxima. Para justificar la pena acordada, Broggi dio a conocer la voluntad de la víctima, quien renunció a la querella en la causa y sostuvo que el violento episodio cometido por S. “se trató de un hecho aislado”. La mujer manifestó estar de acuerdo con la pena acordada ya que está restableciendo el vínculo familiar.

Al momento de evaluar el acuerdo, la jueza Luna remarcó la “profusa y completa investigación” y el “caudal probatorio contundente” que avala la calificación legal, “correcta y acorde a los hechos ocurridos”. En la resolución, brindada en la audiencia, la magistrada valoró también que el acuerdo no modificó la calificación legal ni la atribución de los hechos realizadas al inicio de la causa. Luna también destacó la actitud de la víctima, de renunciar a la querella, consentir el acuerdo e intentar de restablecer la relación familiar con el imputado

Fuente: Aire de Santa Fe

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