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Condenan a 15 años de prisión al cómplice del homicidio de Augusto Paulón

Condenan a 15 años de prisión al cómplice del homicidio de Augusto Paulón

Los jueces Gustavo Urdiales, Susana Luna y Jorge Patrizi condenaron a 15 años de prisión a Nahuel Agustín Villalba por su participación el crimen del santotomesino Augusto Paulón. El tribunal dejó firme el acuerdo de procedimiento abreviado arribado entre la Fiscalía de Homicidios y la defensa técnica del imputado, que cuenta también con el aval de la mamá de la víctima, querellante en la causa. La audiencia de admisión se desarrolló el pasado 8 de julio y las partes expusieron ante los jueces los extremos del acuerdo: la descripción del hecho, la calificación legal, la evidencia reunida durante la investigación y el monto de pena peticionada.

En la causa llevada adelante por la fiscal Cristina Ferraro, se logró determinar que Nahuel Villalba trasladó en moto a Leonel Iván C., de 17 años, hasta las inmediaciones de la plazoleta ubicada en calle Quintana y Pasaje Lassaga de la ciudad de Santa Fe, la madrugada del 19 de enero de 2018. Allí se encontraba Augusto Paulón en compañía de un grupo de amigos, que ya habían visto pasar a los primos en la motocicleta conducida por Villalba. En un momento, el menor C. descendió de la moto, se dirigió hacia Paulón y le efectuó un disparo a la cabeza con el fin de darle muerte. Augusto fue trasladado de urgencia al hospital Cullen, donde falleció al día siguiente. En tanto, el agresor se dio a la fuga junto a Villalba, que se encontraba aguardándolo en proximidades de la plazoleta a bordo de la moto.

Prófugo

Villalba se mantuvo prófugo durante casi tres meses y los investigadores lograron su detención luego de tareas de inteligencia, escuchas telefónicas y varios allanamientos. Al ser llevado ante la justicia, el joven fue imputado como partícipe necesario de homicidio doblemente calificado por el empleo de arma de fuego y por la intervención de un menor de 18 años (arts. 79, 41 bis, 41 quater y 45, todos del Código Penal Argentino). Ferraro presentó la acusación contra Villalba a fines de 2019 para definir la causa en un juicio oral y público, sin embargo, junto a los abogados defensores Héctor y Agustín Tallarico, y los abogados querellantes del Centro de Asistencia Judicial a la Víctima, Federico Lombardi y Agustín Rubineau, decidieron concluir el proceso a través de un procedimiento abreviado a 15 años de prisión.

Al fundamentar la pena solicitada en el acuerdo las partes precisaron que “si bien su autoría (el homicidio de Paulón) ha sido en manos de C., Villalba en todo momento aportó una asistencia indispensable conforme al plan de su primo, a la vez que tuvo conocimiento del accionar que desplegaría el mismo”. El abreviado destaca también las características del ataque al joven Paulón, que fue cometido “con la más absoluta indiferencia” por las consecuencias que podía ocasionar, “la frialdad al momento de tomar la decisión de quitarle la vida a una persona y el despliegue de la conducta que tuvo lugar en plena vía pública” lo que “demuestra la indiferencia no sólo por la vida de la víctima sino también por la de terceros circunstanciales que se encontraban al lado de la misma, así como también de otros que podían encontrarse en el lugar y verse expuestos también a un alto riesgo”.

Por celos

En el fallo de los jueces, donde se repasan los extremos del acuerdo abreviado, se confirma que los motivos del menor Iván C. para atacar a Augusto Paulón fue el uso de la violencia “para aplacar su situación sentimental suscitada por la compañía de la víctima a su ex novia, es decir, sólo por celos”. Esto demuestra un “marcado desprecio por las normas jurídicas y su vigencia, y los carriles por donde debe discurrir la convivencia en una sociedad civilizada”. El abreviado destaca también la sorpresividad del ataque y el estado de indefensión en el que se encontraba Paulón, quien estaba parado con un grupo de amigos en el banco de una plaza y un ataque de semejante magnitud era impensado.

Al momento de realizar el control de legalidad el acuerdo abreviado, el tribunal sostuvo que de la evidencia reunida “se puede observar que es coincidente con los requisitos exigidos” para el delito atribuido a Villalba. Además, los jueces valoraron que no se vislumbra causal alguna que podría desvincular a Villalba de la causa, “por lo que se tienen por acreditados los hechos invocados y la participación que le cupo al encausado”. Por último, el tribunal compartió entonces la calificación propuesta y aceptada tanto por la Fiscalía, la defensa técnica y el propio acusado, y condenó a Nahuel Agustín Villalba, de 20 años de edad, como autor penalmente responsable de el delito de partícipe necesario de homicidio doblemente calificado por el empleo de arma de fuego y por la intervención de un menor de 18 años (arts. 79, 41 bis, 41 quater y 45, todos del Código Penal Argentino) , imponiéndose al mismo la pena de quince años de prisión.

El estado de la causa del menor

En tanto, Iván C. tramita la causa en prisión preventiva en el proceso que la ley estipula para los menores de edad. En el mes de mayo se dictó la prórroga de prisión preventiva, y también se dictó su responsabilidad de autoría por el delito de homicidio calificado por el empleo de arma de fuego a pedido del fiscal Carlos Rolando. En tanto, ambas resoluciones fueron apeladas por la defensa del menor imputado, por lo que se aguarda que la Cámara fije fecha para resolver ambas cuestiones.

Fuente: Aire de Santa Fe

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