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Autorizaron la ruta Sauce Viejo – Córdoba de Avianca

Autorizaron la ruta Sauce Viejo – Córdoba de Avianca

En horas de la mañana de este jueves, y a partir de la publicación del Boletín Oficial, el gobierno nacional y el Ministerio de Transporte que conduce Guillermo Dietrich confirmaron la autorización para que la empresa Avian pueda comenzar en los próximos días a hacer uso de la ruta Sauce Viejo – Córdoba. Vale la pena recordar que días atrás la propia compañía había anunciado su desembarco en el mencionado Aeropuerto, ofreciendo nuevas opciones de vuelo para la ruta que une nuestra región con el Aeroparque Metropolitano de Buenos Aires. De la misma forma, y buscando incrementar la gama de alternativas para los usuarios de esta aerolínea, Avianca había pedido a la administración nacional la autorización correspondiente para poder explotar la ruta que unirá Sauce Viejo con la capital de la provincia mediterránea.

La resolución publicada hoy en el Boletín Oficial indica que “la concesión que se otorga queda sujeta, en su caso, a la obtención de los derechos de tráfico y capacidad que tornen factible la operatoria proyectada por la empresa, en los términos del artículo 10 de la Ley N° 19.030 (Política Nacional de Transporte Aéreo Comercial)”. Del mismo modo, se establece que “el período de vigencia de la concesión que se otorga se extenderá por el término de QUINCE (15) años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. La empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos correspondiente dentro del plazo de UN (1) año calendario contado desde la fecha de la presente concesión”. En otro tramo de lo publicado en el boletín, y en referencia a los plazos que se otorgan tras esta autorización, se informa que “la empresa deberá iniciar las operaciones dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días siguientes a la fecha de obtención del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos con relación a los servicios otorgados en virtud de la presente resolución. La empresa, asimismo, deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las tarifas a aplicar, los seguros de ley y los libros de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones”.

A continuación, compartimos la resolución completa publicada en el Boletín Oficial con fecha del 3 de mayo.

 

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