En el transcurso de las últimas horas y en el marco de un juicio abreviado en el que ambas partes lograron llegar a un acuerdo, un joven de 26 años identificado como Abraham Martínez fue condenado a siete años y 6 meses de prisión al ser considerado el autor material de un robo triplemente calificado que tuvo lugar el día 12 de mayo del año 2019 en jurisdicción del barrio Las Vegas de nuestra ciudad. De acuerdo con lo dispuesto por el juez Sergio Carraro en su sentencia, Martínez fue encontrado culpable por el delito de robo triplemente calificado por el empleo de arma de fuego; por ser perpetrado en poblado, en banda y con arma de fuego; y por lesiones graves producidas a la víctima.
En este sentido, es importante señalar que al momento de cometer este ilícito, Martínez gozaba con el beneficio de la libertad condicional por otro hecho que había tenido lugar en noviembre del 2018. De esta forma, el magistrado a cargo no solo revocó la condicionalidad de la primera sentencia sino que además unificó el plazo por la nueva condena llegando a la suma total de siete años y seis meses de cumplimiento efectivo.
A cargo de la investigación estuvo el fiscal Martín Torres, integrante del MPA y quien se encargó de explicar que “el delito investigado fue cometido el domingo 12 de mayo del año pasado en horas de la madrugada, en una vivienda ubicada en inmediaciones de las calles Estados Unidos de México y Arenales del barrio Las Vegas de Santo Tomé”. De la misma manera, Torres señaló que “el condenado se apoderó de forma ilegítima de objetos ajenos, sirviéndose de un arma de fuego y ejerciendo violencia sobre las personas. Martínez, en compañía de otros hombres, ingresó a la casa y le efectuó dos disparos a la víctima”.
Siguiendo con el repaso de los hechos, el fiscal Torres explicó que “minutos después, el condenado y las otras personas se apoderaron de diferentes pertenencias del hombre herido y de otros moradores de la vivienda. Sustrajeron un reproductor de DVD; herramientas de trabajo; prendas de vestir y 500 pesos en efectivo. Luego de cometer el ilícito, el condenado se dio a la fuga”. En cuanto a la pena impuesta, Martín Torres manifestó que la misma “contempla la gravedad del hecho y la indefensión de la víctima al momento de ser agredida. También considera el daño causado por el accionar del condenado y las consecuencias que produjo en la salud del hombre herido”.
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