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Provincia prorroga hasta fin de septiembre la moratoria para deudas tributarias

Provincia prorroga hasta fin de septiembre la moratoria para deudas tributarias

El Gobierno provincial prorrogó hasta el 29 de septiembre la moratoria para regularizar deudas tributarias. La moratoria para regularizar el pago de impuestos provinciales se extendió por treinta días, por lo que habrá tiempo hasta el 29 de septiembre para ponerse al día. El Régimen de Regularización Tributaria aprobado por Ley 14.025 (Ley Impositiva Anual para el 2021) fue extendido en su vigencia por la Ley 14.042, hasta el 30 de agosto de 2021, permitiendo que el Poder Ejecutivo por intermedio de la Administración Provincial de Impuestos pueda prorrogarlo por 30 días más.

Este régimen alcanza a todos los impuestos, tasas y contribuciones provinciales: Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario Urbano, Suburbano y las mejoras no denunciadas oportunamente, Inmobiliario Rural, Patente, Impuesto de Sellos, Contribución de Mejoras, Impuesto a las Actividades Hípicas – Ley 5317, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario, Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y el Impuesto especial previsto en el art. 2º de la Ley 13582. Existen dos tipos de deudas que pueden ser incluidas, por un lado las deudas generadas con anterioridad a la pandemia, que son las devengadas hasta el 29 de febrero de 2020; y por otro las deudas de pandemia, que son las que se generaron entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2020″.

Las deudas prepandemicas, generadas hasta el 29 de febrero, tienen los beneficios de una reducción de intereses de liquidación; también, en el caso de pago contado se hace una condonación del 80 por ciento de los intereses. Y a su vez se puede pagar de manera financiada en 12 cuotas con una reducción del 30% de los intereses resarcitorios y un interés de financiación del 1% mensual; 24 cuotas con una reducción del 15% de los intereses resarcitorios y un interés de financiación del 1,5% mensual o en 36 o 48 cuotas con un interés de financiación del 2% y 2,5% respectivamente. Además, se condona el 100 por ciento de las multas.

Con relación a las deudas tributarias generadas en la pandemia, es decir, las devengadas entre el 01 de marzo y el 31 de octubre de 2020, el régimen permite su cancelación a valores históricos, sin ningún tipo de interés resarcitorio y con una financiación de hasta 48 cuotas, sin intereses. Los trámites o solicitudes de turnos se deben realizar ingresando a la página web del organismo www.santafe.gov.ar/api.

Fuente: El Litoral

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